Seguramente habrás oído hablar alguna vez del DNI electrónico, o DNI 3.0. Pues es la actualización que ha tenido el clásico DNI. Es decir, es la evolución tecnológica que ha ido teniendo a lo largo de los años. Te explicamos a continuación las diferencias:
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DNI:
Es el Documento Nacional de Identidad que acredita la identidad física de los españoles desde hace años.
DNIe:
El Documento Nacional de Identidad electrónico creado en el año 2006 incorpora, a diferencia del DNI, un chip integrado en el anverso con información digital. Esto posibilita que no solo acredite la identidad física, sino también la identidad digital del titular. Permite también la firma electrónica de documentos y otorga la posibilidad a su portador de utilizar la identidad electrónica en cuantos servicios digitales estén disponibles.
DNI 3.0:
En este caso el chip está situado en el reverso de la tarjeta y puede ser utilizado con un lector físico de tarjetas (hardware) pero también de forma inalámbrica a través de la tecnología NFC de un Smartphone o Tablet.
Actualmente el DNI que están otorgando es el DNI 3.0. Así que no tienes que preocuparte por cuál debes tener, es simplemente información para que sepas que no es mas que la evolución que ha tenido.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Todos aquellos que tengan la ciudadanía española.
¿Dónde se solicita?
En el siguiente enlace encontrará las direcciones de las diferentes oficinas de expediciones según la provincia.
¡IMPORTANTE!
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- Tienes que pedir cita previa antes de presentarte.
¿Qué documentación debo llevar?
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- Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación. También debe hacer mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento.
- Una fotografía reciente en color (32×26 milímetros).
- Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio. Debe ser expedido como máximo 3 meses antes de la fecha de la solicitud del DNI 3.0.
- En el caso de españoles que residan en el extranjero, deberán acreditar su domicilio mediante una certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes. (igual con una antelación máxima de 3 meses).
- Para los menores de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas. Descarga el modelo de apoderamiento.
- Para la primera inscripción como nacionalizado y el ciudadano posea Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste número de identificación de extranjero (NIE), deberá aportarlo, como requisito indispensable, en el momento de la tramitación del DNI.
- Excepcionalmente, en los supuestos en que, por circunstancias ajenas al solicitante, no pudiera ser presentado alguno de los documentos anteriores, y siempre que se acrediten por otros medios, suficientes a juicio del responsable del órgano encargado de la expedición, los datos que consten en tales documentos, se le podrá expedir un DNI 3.0 con la validez de un año.
Por otra parte, para solicitar la expedición del DNI 3.0 tendrás que pagar las tasas correspondientes.